A partir del 16 de mayo del 2023 será obligatorio el uso del Módulo del Ganadero (Guía Electrónica de transferencia y/o traslado de ganado) en el Sistema Informático de Gestión de Oficinas Regionales (Sigor) del Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (Senacsa) para los productores que poseen 550 o más cabezas.

 

A través de la Resolución N° 565/2023, de fecha 5 de mayo de 2023, el Senacsa aprobó la implementación del uso obligatorio del Módulo del Ganadero, el cual emite las guías de traslado y trasferencia de ganado a través del sistema Sigor. Esta reglamentación regirá a partir del 16 de mayo de este año para productores que poseen 550 o más cabezas.

 

En ese sentido, el servicio veterinario oficial les recuerda a los ganaderos que se encuentren dentro de este rango que pueden comunicarse a la Dirección Sigor del Senacsa al 0981 591604, con el objeto de acceder a las capacitaciones sobre el uso de la Guía Electrónica en el Módulo del Ganadero que se realizarán en forma virtual, previo agendamiento, o a los números de asistencia de Senacsa Digital (0981 290019, 0981209482, 098276549).

 

En cuanto a los requisitos para acceder al Módulo del Ganadero, cabe mencionar que la persona física necesita presentar a la institución una copia autenticada por escribanía de Boleta de Marca, la escritura pública por la cual se otorga poder especial o general y la cédula de identidad (en caso de que exista un representante convencional).

 

En el caso de las personas jurídicas, se recuerda que son necesarias las copias autenticadas por escribanía de la Boleta de Marca, Registro Único del Contribuyente (RUC), cédula de identidad de la persona autorizada para la creación del usuario, Constitución de la Sociedad, el Acta de la última asamblea si corresponde y la escritura pública de designación del representante legal de la firma y/o por la cual se otorga poder especial o general.

 

[Foto icon-camera : Revista Productiva]